Respondiendo a varias consultas recibidas en relación con la normativa que rige el uso de embarcaciones, acercamos los puntos sobresalientes de la legislación vigente en la Provincia de Santa Fe.
El Poder Ejecutivo dispuso, por Decreto 1690/2013, la entrada en vigencia del Impuesto a las embarcaciones deportivas o de recreación, propias o de terceros, que estén propulsadas principal o accesoriamente a motor y que tengan su fondeadero, amarre o guardería habitual dentro del territorio de la Provincia, a partir del año fiscal 2013.
Por su parte, la Administración Provincial de Impuestos creó, a partir de la Resolución General 024/2013, el Registro Provincial de Embarcaciones Deportivas o de Recreación. El trámite de inscripción se puede efectuar en línea desde este sitio:
https://api.santafe.gov.ar/app/afip/index.php?action=Ingreso&sistema=santafe_embarcaciones
Para mayor información, los invitamos a consultar la documentación anexa:
Preguntas_frecuentes_embarcaciones
Instructivo_embarcación-Aspectos_generales
Instructivo_embarcación-Tramite_altas
Instructivo_embarcación-Tramite_empadronamiento
Instructivo_embarcación-Tramite_Municipalidades_y_Comunas
Más precisiones se pueden obtener comunicándose por correo electrónico a embarcacionescoordinacion@santafe.gob.ar
Por otra parte, quienes deseen tramitar la habilitación para conducir embarcaciones, los invitamos a consultar esta página de la Prefectura Naval Argentina:
http://www.prefecturanaval.gov.ar/web/es/html/dpsn_dnau_1.php#examenes
En ella encontrarán el detalle de requisitos para acceder a los siguientes certificados:
Para más información, se pueden comunicar telefónicamente al 0800-222-7730, o bien acercarse a la delegación Santa Fe de la Prefectura Naval Argentina, ubicada en Mendoza y Dique 1, de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, o telefónicamente al (0342) 431 0201